Paso a paso: Cómo registrar un remate judicial en la Oficina de Instrumentos Públicos

Equipo Alafija

Paso a paso: Cómo registrar un remate judicial en la Oficina de Instrumentos Públicos
2 de mayo de 2026 · 5 minTrámites

Ganaste la subasta, pagaste el 100%, el juez emitió el auto de adjudicación y ya quedó en firme. Felicitaciones. Pero todavía no eres propietario ante el mundo. Para que el inmueble aparezca oficialmente a tu nombre, necesitas registrar el auto de adjudicación en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos (ORIP).

Este trámite es más sencillo de lo que parece. No necesitas notario, no necesitas escritura, no necesitas al anterior dueño. Solo necesitas el documento del juez, dinero para los impuestos, y paciencia para la burocracia.

Paso 1: Obtener copias auténticas del auto de adjudicación

Antes de ir a la ORIP, necesitas el documento correcto:

  • Copia auténtica del auto de adjudicación con constancia de ejecutoria. La constancia certifica que nadie interpuso recurso y que el auto está en firme.
  • Copia auténtica del acta de la diligencia de remate. Algunos registradores la solicitan como soporte.

Estas copias las solicitas directamente al juzgado. El costo es mínimo (copias de ley: alrededor de $200-$500 por página). Solicita al menos 2 juegos completos.

Tiempo estimado: 5-15 días hábiles desde que solicitas hasta que las entregas.

Paso 2: Liquidar el impuesto de registro y beneficencia

Antes de radicar en la ORIP, debes pagar dos conceptos:

Impuesto de registro (estampilla departamental)

  • Tarifa: Generalmente entre el 1% y el 1.67% del valor del acto sujeto a registro. En la mayoría de departamentos es el 1.67%.
  • Base gravable: El valor del avalúo catastral del inmueble o el precio de adjudicación, lo que sea mayor (varía por departamento).
  • Dónde se paga: En la gobernación del departamento o en las entidades financieras autorizadas. Algunas ORIP permiten liquidar y pagar directamente en ventanilla.

Derechos de registro (beneficencia)

  • Tarifa: Entre el 0.5% y el 1% del valor del acto, dependiendo del departamento.
  • Dónde se paga: Junto con el impuesto de registro o en la misma ORIP.

Ejemplo de costos para un inmueble con avalúo catastral de $200.000.000

| Concepto | Tarifa | Valor |

|---|---|---|

| Impuesto de registro | 1.67% | $3.340.000 |

| Derechos de registro (beneficencia) | 0.5% | $1.000.000 |

| Total | | $4.340.000 |

Estos valores son aproximados y varían entre departamentos. Bogotá, Antioquia y Valle del Cauca tienen tarifas específicas.

Paso 3: Radicar en la ORIP

Con las copias auténticas y los recibos de pago de impuestos, te diriges a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos que corresponde al círculo registral del inmueble (no al de tu domicilio).

Documentos que llevas:

  • Copia auténtica del auto de adjudicación con constancia de ejecutoria.
  • Copia auténtica del acta de diligencia de remate.
  • Recibo de pago del impuesto de registro.
  • Recibo de pago de derechos de registro / beneficencia.
  • Tu cédula de ciudadanía (original y copia).

En ventanilla:

  • Radicas los documentos.
  • Te entregan un recibo de radicación con número de turno.
  • El registrador califica el documento (verifica que cumpla requisitos legales).

Paso 4: Esperar la calificación

El registrador revisa que:

  • El auto esté en firme (constancia de ejecutoria).
  • La descripción del bien coincida con el folio de matrícula.
  • Los impuestos estén correctamente liquidados y pagados.
  • No haya motivos de devolución (errores en nombres, cédulas, linderos).

Tiempo estimado de calificación: 5 a 15 días hábiles, dependiendo de la oficina. En Bogotá, puede tomar hasta 20 días en épocas de alta demanda.

Si el registrador encuentra un error, te devuelve el documento con una nota de calificación explicando el defecto. Debes corregirlo (a veces implica volver al juzgado) y radicar de nuevo.

Paso 5: Inscripción y nuevo certificado

Si todo está correcto, el registrador inscribe la transferencia de dominio. Esto significa:

  • Se abre una nueva anotación en el folio de matrícula con tu nombre como nuevo propietario.
  • Se cancelan las anotaciones que el juez ordenó cancelar (embargo, hipoteca, etc.).
  • A partir de ese momento, el inmueble está a tu nombre frente a terceros.

Puedes descargar el nuevo Certificado de Tradición y Libertad en la VUR (www.vur.gov.co) para confirmar que todo quedó registrado correctamente.

Comparación con una compraventa normal

| Concepto | Compraventa normal | Remate judicial |

|---|---|---|

| Escritura pública | Se requiere (notaría) | No se requiere |

| Gastos notariales | 0.27% comprador + 0.27% vendedor | $0 |

| Impuesto de registro | 1.67% | 1.67% |

| Beneficencia | 0.5-1% | 0.5-1% |

| Retención en la fuente | 1% (vendedor) | No aplica |

| Firma del vendedor | Obligatoria | No se necesita |

El ahorro en notaría y la eliminación del riesgo de "vendedor que no firma" son ventajas concretas del proceso judicial.

Errores frecuentes

Ir a la ORIP equivocada. El inmueble se registra en el círculo registral donde está ubicado. Si el apartamento está en Soacha, no puedes registrarlo en la ORIP de Bogotá. No pedir la constancia de ejecutoria. Sin ese sello, el registrador devuelve el documento. Es el error más común y el que más tiempo desperdicia. Errores en la cédula catastral o linderos. Si el auto tiene un error de transcripción, la ORIP lo rechaza. Debes pedirle al juez una corrección (auto aclaratorio), lo que puede tomar semanas adicionales.

Conclusión

Registrar un remate judicial no es complicado, pero tiene pasos que debes seguir en orden: copias auténticas con ejecutoria, pago de impuestos, radicación en la ORIP correcta, y paciencia mientras el registrador califica. El costo total de registro ronda el 2-2.5% del avalúo y el proceso completo toma entre 2 y 4 semanas. Una vez inscrito, el inmueble es tuyo ante el mundo entero.

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